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Carnaval.- El Juzgado suspende la prohibición del Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana de poner música electrónica durante la Cabalgata.









El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Las Palmas de Gran Canaria ha estimado el recurso presentado ayer por el Grupo Rumancan (Zona 13) y ha suspendido la prohibición contenida en el apartado 9.2.B de las bases que regulan la participación de carrozas en la Cabalgata de Carnaval 2018 del Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, dando al consistorio y al Ministerio Fiscal tres días para alegar lo que "a su derecho convenga".

El punto recurrido por la empresa, y suspendido ahora por el juzgado, recogía la prohibición de que durante la próxima Cabalgata de Santa Lucía de Tirajana las carrozas puedan poner "música estilo electrónica, house, tecno y/o bacalao", condición que hasta este año nunca se había establecido y que desde Zona 13 consideran que le perjudica "notablemente" al ser una empresa dedicada al ocio en su vertiente de Música Electrónica, recordando además que tanto en la cabalgata del pasado año como recientemente en la de Las Palmas de Gran Canaria pudieron participar en la misma con un gran seguimiento por parte de miles de personas.

En el auto, el magistrado Ángel Teba García explica que en este caso "concurre la nota de especial urgencia exigida por Ley para la tramitación de la medida cautelar por este trámite previo, puesto que de esperar a la justicia cautelar ordinaria el pronunciamiento, si fuera favorable al recurrente, resultaría ilusorio, por lo que procede acceder a dicha petición con carácter provisionalísimo y urgente, y convocar a las partes a comparecencia para que se pronuncien sobre el levantamiento o mantenimiento de la medida cautelar adoptada".


ACFI PRESS

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