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Telde.- Ildefonso Jiménez: "La sentencia anula la permuta de la Finca de San Rafael porque ningún informe acredita la urgencia" (corte 1).


El alcalde de Telde, Aureliano Francisco Santiago, el primer teniente de alcalde y concejal de Urbanismo, José Antonio Perera, y el concejal de Patrimonio y portavoz de los concejales que recurrieron la permuta de la Finca de San Rafael, Ildefonso Jiménez, presentaron hoy la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de la capital grancanaria en la que se falla la nulidad de dicha permuta, por la que el Ayuntamiento adquiría la Finca de San Rafael a cambio de unos terrenos municipales en Marpequeña que se cedían a la empresa Iniscan (del grupo empresarial Santana Cazorla).

Los ediles del grupo de gobierno adelantaron que el Ayuntamiento no recurrirá la sentencia, por lo que sólo podrá hacerlo la empresa Iniscan. La sentencia supone, a priori, que los terrenos de Marpequeña vuelven al consistorio y la Finca de San Rafael a Iniscan, como también ha ocurrido recientemente con los mismos protagonistas con un edificio de Jinámar.

Ildefonso Jiménez aseguró que durante los muchos años que lleva dentro del mundo de la política "nunca" se encontró con una sentencia "tan corta pero sustanciosa". El edil de Nueva Canarias explicó que lo que viene a decir la resolución judicial es que la permuta se realizó "sin que estuviese justificada la urgencia del expediente y sin informes técnicos que acreditaran la idoneidad de esta explotación para el objetivo de habilitarla como centro de atención para discapacitados, porque además se entra en un terreno que pertenece al Cabildo de Gran Canaria, como es Política Social".

La permuta fue aprobada por la Junta de Gobierno el 18 de agosto de 2004 sin llegar a pasar el trámite preceptivo de su debate en comisión informativa. Además, la oposición no tenía conocimiento del caso porque el grupo de gobierno, formado entonces por PP y AFV-Ciuca, le excluyó de la Junta de Gobierno.  

En el fallo, dictado por la magistrada Olimpia del Rosario Palenzuela, se estima el recurso planteado por los ediles Ildefonso Jiménez, Marcelino Galindo y Julián González al quedar constatado que se tramitó el expediente sin que estuviese acreditada la urgencia y sin un informe preceptivo de la comisión informativa. Jiménez apuntó que en la propia sentencia se resalta también que al no constar acreditada la urgencia debe primar el "estricto respeto" del derecho constitucional que proclama el artículo 23 de la Constitución "frente a razones de oportunidad política": "Ello conduce a la estimación del recurso sin necesidad de resolver sobre las demás cuestiones planteadas, pronunciamiento que tendrá los efectos que sean consecuencia de dicha declaración de nulidad". Ildefonso Jiménez entiende que este último punto supone que es nulo de plento derecho tanto la permuta como todo lo que se ha realizado con posterioridad.

José Antonio Perera calificó la sentencia como una "buena noticia para los teldenses": "Devuelve el patrimonio común de los teldenses a su lugar y permite ver como la falta de transparencia suele encubrir trampas. Hay que tener en cuenta que después de casi tres años en la finca no se realizó ni una sóla actuación, nada mostraba que ese fuera el lugar idóneo para hacer lo que querían hacer, es una operación que no se justificaba", sentenció Perera.


ACFI PRESS

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