El Consejo de Gobierno aprobó hoy una transferencia de crédito de 3.675.569.90 euros a favor de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes para dar cobertura presupuestaria a varios proyectos de infraestructura educativa en islas de Gran Canaria, Lanzarote, Fuerteventura, Tenerife y La Palma.
Con cargo a este presupuesto serán más de 20 los colegios de Infantil y Primaria que verán techadas una de sus canchas deportivas. Algunos de estas obras están en realización y otras se acometerán en breve.
La Consejería de Educación lleva realizando estos techados desde hace algunos años, ante la demanda de los centros de contar con una instalación cubierta que permita en épocas de lluvia o de calor practicar deporte con normalidad. Varias de estas obras incluyen el cerramiento total de la cancha de juego, incluso un pequeño graderío y vestuarios.
El Gobierno sitúa en el mínimo permitido (4,2 %) el incremento de los precios públicos por la prestación de servicios académicos universitarios para el curso 2008/09
El Consejo de Gobierno aprobó hoy el Decreto por el que se fija en un 4,2 % (el mínimo permitido) el incremento de los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios académicos de carácter universitario para el curso 2008/2009. Con este incremento, la Comunidad Autónoma de Canarias mantiene los precios públicos establecidos para la matrícula universitaria más bajos de todo el Estado.
El pasado 2 de junio la Conferencia General de Política Universitaria del Ministerio de Ciencia e Innovación estableció el rango de incremento para el próximo curso entre un 4,2% y un 8,2%, para los estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales. Asimismo, se actualizaron los precios para los estudios de doctorado y los nuevos estudios universitarios de postgrado. Esta disposición es de obligado cumplimiento para las Comunidades Autónomas y en el caso de Canarias se ha optado por situarse en el extremo inferior de la banda autorizada por el Ministerio.
La tendencia en los últimos años ha sido de incremento por encima del IPC de los precios públicos con objeto de ir corrigiendo el desfase que las matrículas de las universidades canarias tienen en sus ingresos por este concepto. Ese incremento de financiación para las Universidades siempre ha sido superado por las dotaciones a becas y ayudas de la comunidad Autónoma destinadas a compensar dificultades de acceso a la educación universitaria por motivos de renta, residencia o transporte. En este próximo curso se minimiza el incremento de las matrículas, atendiendo a las actuales circunstancias de recesión económica de las islas prevista para este año y el siguiente.
El pago de la matrícula se establece mediante Decreto del Gobierno de Canarias y contempla que pueda ser abonado por curso completo - para aquellos alumnos que inicien estudios de enseñanzas renovadas o no renovadas -, o por asignaturas - si continúan estudios ya iniciados -, con independencia del curso a que éstas correspondan. Además las Universidades canarias tienen autonomía, a través de su Consejo Social, para establecer precios por la prestación de enseñanzas propias, o por la contraprestación por los materiales didácticos y servicios específicos en los sistemas metodológicos que impliquen semipresencialidad o no, en los estudios conducentes a títulos oficiales.
También se aprueba en dicho Decreto los plazos de abono de la matrícula. El primero de ellos se ha fijado para el momento de formalizarla. El segundo será efectivo entre el 1 y el 15 de septiembre de 2008; el tercero se podrá hacer entre el 1 y el 15 de febrero de 2009, y el cuarto plazo entre el 2 y el 16 de abril del mismo año.
Los alumnos becarios del Ministerio de Educación y Ciencia o de la Comunidad Autónoma de Canarias estarán exentos del abono de la matrícula, ya que éstas van con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, así como a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Respecto a los alumnos que han obtenido Matrícula de Honor en una o varias asignaturas en el curso anterior, tendrán derecho a una bonificación en el precio de la matrícula. Los que han obtenido Matrícula de Honor en COU, Bachiller LOGSE o en Ciclos Formativos de grado superior, estarán exentos del pago por una sola vez. De la misma forma, los alumnos con un grado de minusvalía igual o superior al 33% quedan exentos del mismo.
El Gobierno de Canarias aprueba la devolución del gasóleo profesional y la deducción autonómica en el IRPF
El Consejo de Gobierno aprobó hoy, a propuesta del consejero de Economía y Hacienda, José Manuel Soria, el anteproyecto de ley que regula la devolución del gasóleo profesional en el Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma sobre Combustibles derivados del petróleo y establece la deducción autonómica en el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) por la variación del Euribor. El Ejecutivo canario acordó asimismo remitir el citado anteproyecto de ley al Parlamento regional para que sea debatido y aprobado con carácter de urgencia y por el procedimiento abreviado en un pleno extraordinario que se celebrará previsiblemente el próximo 28 de julio, al objeto de no demorar su aplicación.
Las modificaciones legislativas incluidas en el anteproyecto de ley tienen como objetivo incrementar el consumo y la renta disponible de los contribuyentes canarios, y forman parte de un plan de medidas fiscales y económicas aprobado por el Gobierno de Canarias para reactivar y dinamizar la economía.
En lo que se refiere al Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma sobre Combustibles derivados del petróleo, el anteproyecto de ley establece la devolución del 30 por ciento del impuesto soportado por los agricultores y transportistas, incluido el sector del taxi, respecto del gasóleo de uso general que hayan utilizado como carburante en el motor de sus vehículos, artefactos y maquinarias.
El precio de los carburantes, en los últimos años, ha sufrido un fuerte incremento debido a la espectacular subida del precio del petróleo. Esta subida ha supuesto que los costes del gasóleo en los sectores de transporte y agrícola hayan experimentado un fuerte crecimiento con la consiguiente repercusión en el Índice de Precios al Consumo (IPC).
El Gobierno de Canarias considera que la devolución parcial del impuesto que establecerá la nueva ley para los agricultores y transportistas tendrá una repercusión positiva en el IPC, a la vez que generará una mayor equidad en la tributación del gasóleo y permitirá, además, atender las demandas planteadas por estos sectores para establecer en Canarias el gasóleo profesional, lo que contribuirá, sin duda, a una regulación más justa y racional del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma sobre Combustibles derivados del petróleo.
El sector agrícola tradicionalmente ha tenido un trato favorable en la imposición indirecta aplicable en Canarias, concretamente en el IGIC. Sin embargo, y aunque las causas del declive de la agricultura en el conjunto de la economía canaria son variadas, se ha demostrado que dichas medidas fiscales no han impedido una disminución en el Valor Añadido Bruto (VAB) regional del sector agrícola. Por ello, el Gobierno considera necesario articular medidas fiscales complementarias que permitan incrementar la productividad y la renta agraria a través del establecimiento del gasóleo profesional agrícola.
En relación al sector del transporte terrestre, que engloba a 36.754 empresas transportistas en la Comunidad Autónoma, su posición en la economía canaria no es nada desdeñable, aportando el 3,5 por ciento del VAB y constituyendo aproximadamente el 2,5 por ciento de la población ocupada.
Los costes directos del transporte público terrestre de mercancías o pasajeros han experimentado un fuerte crecimiento debido al importante aumento del precio del gasóleo desde el año 2000 en adelante, en especial en los años 2004 y 2005. Como consecuencia de ello, los precios de los servicios de transporte han sufrido un notable incremento. Se estima que el coste de combustibles representa una media del 30 por ciento del total de los costes directos.
En Canarias se tributan 102,66 euros por mil litros de gasoil frente a 278 euros en Península. En las Islas el Impuesto Especial sobre Combustibles tiene tipo cero en el IGIC, mientras que en Península esta gravado por el IVA.
I.R.P.F.
La medida relativa al IRPF se inserta en el compromiso del Gobierno de Canarias de establecer una deducción en la parte autonómica de la cuota equivalente a la variación media positiva del tipo de interés hipotecario a lo largo del período impositivo, respecto a las cantidades abonadas en la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya la residencia habitual del contribuyente, con un límite de 9.015 euros. Esta deducción se justifica por la tendencia alcista del tipo europeo de oferta interbancaria (Euribor) que afecta principalmente a los préstamos con garantía hipotecaria.
La deducción en el IRPF, vigente hasta el año 2012, será aplicable por los contribuyentes canarios cuyo nivel de renta en el ejercicio en que se origina el derecho a deducción haya sido igual o inferior a 30.000 euros o, en el supuesto de tributación conjunta, cuando la unidad familiar haya obtenido rentas por importe inferior a 42.000 euros. El importe medio de los préstamos hipotecarios en Canarias se sitúa aproximadamente en torno a 120.000 euros para las personas con el nivel de renta citado, que representan el 89% de los contribuyentes.
El Gobierno de Canarias ha cumplido con todos los trámites preceptivos antes de aprobar este anteproyecto de ley. Un vez elaborado por la Dirección General de Tributos del Gobierno de Canarias y firmado por el titular del departamento de Economía y Hacienda, José Manuel Soria, el texto fue enviado para informe a todas las consejerías del Gobierno. A continuación se procedió a dar trámite de audiencia a las Cámaras de Comercio de Gran Canaria, Tenerife, Lanzarote y Fuerteventura, así como la Confederación Canaria de Empresarios (CCE) y CEOE-Tenerife para que pudieran aportar sus sugerencias. Con posterioridad se solicitó informes al Consejo Consultivo y al Consejo Económico y Social antes de que esta iniciativa legislativa pudiera ser definitivamente aprobada por el Consejo de Gobierno y remitida a la Cámara regional para su tramitación parlamentaria con carácter de urgencia.
Las medias previstas en el anteproyecto de ley entrarán en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, con efectos desde el día 1 de enero de 2008.
El Gobierno modifica el Decreto que regula las actuaciones del Plan de Vivienda de Canarias
El Gobierno de Canarias ha aprobado, a propuesta de la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, el proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 27/2006, de 7 de marzo, por el que se regulan las actuaciones del Plan de Vivienda de Canarias.
Esta modificación se lleva a cabo con la finalidad de adecuar el Decreto 27/2006, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Vivienda de Canarias, a la nueva regulación estatal, lo que ha implicado la elaboración y tramitación de un proyecto de norma que incorpore, en el ámbito de esta Comunidad Autónoma, las novedades introducidas por el Real Decreto 14/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Plan estatal 2005-2008 relativo al acceso a la vivienda.
Además de este primer motivo, se ha considerado oportuno que la modificación del Decreto de la Comunidad autónoma, sirva al mismo tiempo para incorporar a éste, como norma reguladora del Plan de Vivienda de Canarias, determinadas actuaciones protegibles en materia de vivienda, que financiadas, con cargo a los recursos propios de la Comunidad Autónoma de Canarias, se encuentran en la actualidad reguladas en diferentes disposiciones.
Es el caso de las subvenciones complementarias que, en materia de rehabilitación de edificios y viviendas aisladas, tienen como destinatarios los titulares mayores de 65 años, así como las ayudas que integran el llamado “Plan de Choque”, concebido por el Gobierno de Canarias, como una forma de reforzar el sistema de ayudas ya previstas en el vigente Plan, en cuanto a un sector muy determinado de la población se refiere, los jóvenes
Las modificaciones que a través del proyecto de Decreto en tramitación se introducen en el vigente Plan de Vivienda de Canarias, suponen una mejora significativa de las condiciones establecidas originariamente, en materia de actuaciones protegibles.
En este sentido, a través del citado proyecto normativo se incorpora todo un abanico de medidas más beneficiosas que afectan a la casi totalidad de destinatarios de las diferentes ayudas y subvenciones, ya sean promotores, constructores, o adquirentes de viviendas protegidas, entidades públicas promotoras de actuaciones protegibles, como es el caso de la adquisición de vivienda usada para alquilar o de la rehabilitación de áreas urbanas, así como al colectivo de jóvenes o a los arrendatarios de viviendas libres o protegidas.
En tal sentido, se produce una flexibilización de los requisitos exigidos a los inquilinos para percibir subvenciones para el pago de la renta.
Se mejoran, también, las condiciones para quienes promuevan la construcción de viviendas libres para destinarlas a arrendamiento así como, para los titulares de viviendas libres desocupadas que las cedan en alquiler.
Igualmente se establecen condiciones más beneficiosas para la financiación de las actuaciones consistentes en la adquisición de viviendas usadas para cederlas en alquiler.
Además, se introduce como novedad la posibilidad de calificar como de protección oficial, las viviendas libres de nueva construcción ya terminadas o en proceso de ejecución, ya sea para venta o arrendamiento.
Se incrementa el precio máximo de venta fijado, para acceder a las ayudas destinadas a la adquisición de vivienda usada y de sus tipos asimilados, así como del precio máximo de venta de las viviendas de protección oficial de nueva construcción, de régimen especial.
Se introduce la posibilidad de que, previo acuerdo con la correspondiente entidad financiera, se amplíe el plazo de los 25 años establecidos para la amortización de los préstamos convenidos para la adquisición de viviendas protegidas de nueva construcción y vivienda usada.
También, se introducen cambios más beneficiosos en el régimen de las ayudas para las áreas de rehabilitación integral y de centros históricos; incluyéndose, además, una nueva actuación protegible en materia de rehabilitación, la renovación de áreas urbanas.
Y finalmente, se introducen ciertas variaciones en el programa de viviendas para los jóvenes.
Todas estas
modificaciones introducidas con la modificación del Decreto del Plan de Vivienda de Canarias
resultan altamente beneficiosas ya que afectan a la casi totalidad de los destinatarios de las
ayudas y subvenciones que contempla el actual Plan de Vivienda Canarias. Además, la aplicación de
las nuevas medidas concebidas se traducen en un incremento del número de familias que podrán acceder
a las medidas de financiación, que les posibilite la adquisición o disposición de una vivienda una
protegida, circunstancias que, en última instancia, van a contribuir a la necesaria reactivación de
las actuales condiciones económicas y del sector inmobiliario.
Pilar Teresa Díaz
Luis, nueva directora general de Promoción Educativa
El Consejo de Gobierno nombró hoy martes a Pilar Teresa Díaz Luis como nueva directora general de Promoción Educativa de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, en sustitución de Alonso Cabrera Hernández, que fue cesado en el puesto a petición propia.
Díaz Luis es licenciada en Filosofía y Ciencias de la Educación por la Universidad de La Laguna y diplomada en Magisterio. Master Universitario Educar y Orientar en la Transición Sociolaboral por la Facultad de Educación de la ULL, ha trabajado y desarrollado programas de compensación de desigualdades. Desde 1988 es funcionaria de carrera con plaza definitiva en la especialidad de Orientación Educativa en el IES Eusebio Barreto de Los Llanos de Aridane.
En septiembre de 2004 fue
nombrada directora del Centro del Profesorado de los Llanos de Aridane (La Palma), puesto en el que
ha venido trabajando hasta su nombramiento como directora general de Promoción Educativa.
ACFI PRESS